¡El estatuto antiterrorista de Abelardo enciende las alarmas! Podrían congelar cuentas y afectar derechos sin condena previa

El estatuto antiterrorista de Abelardo de la Espriella contempla listas de personas y organizaciones, congelamiento de activos, penas más severas y cambios en el trámite de tutelas. El borrador de 116 páginas enfrenta cuestionamientos de congresistas y defensores de derechos humanos por sus posibles efectos sobre garantías constitucionales fundamentales.

Una persona incluida en el registro antiterrorista que propone el Gobierno podría enfrentar el congelamiento inmediato de sus cuentas bancarias, restricciones para contratar con el Estado y dificultades para acceder a recursos públicos, sin que necesariamente exista una condena penal previa. Ese es uno de los puntos que ha concentrado los cuestionamientos al proyecto impulsado por Abelardo de la Espriella. Se habla de una medida dictatorial en camino.

El otro frente de controversia está en quién tendría el poder de señalar a los presuntos terroristas. Según el borrador de estatuto, el Consejo de Seguridad Nacional decidiría las inclusiones mediante actos administrativos, con recomendaciones de una instancia técnica. El mecanismo ha despertado preguntas y preocupación sobre la presunción de inocencia, el derecho de defensa y los controles judiciales disponibles.

La iniciativa, promovida por el ministro del Interior, Rodrigo Lara, contempla un documento de 116 páginas y más de 130 artículos, según las versiones divulgadas por distintos medios. El Gobierno afirma que busca fortalecer las herramientas contra organizaciones armadas, sus integrantes y redes de financiación. Sin embargo, varios de sus mecanismos afectan derechos fundamentales y tendrían que superar un exigente examen constitucional.

Uno de los apartados más discutidos es la definición de terrorismo. El borrador contempla conductas individuales o colectivas que produzcan «miedo, pánico y zozobra», acompañadas de riesgos, amenazas o utilización de violencia. El alcance de esos conceptos resulta determinante para establecer quién podría terminar en el registro y bajo qué pruebas se justificaría semejante decisión.

El senador Iván Cepeda cuestionó precisamente esa amplitud. En una publicación de X calificó el borrador como un conjunto de disposiciones que, a su juicio, podría sustituir garantías propias del Estado de derecho. También advirtió sobre posibles afectaciones al buen nombre y al patrimonio de personas incluidas en el registro sin antecedentes o condenas penales.

Las consecuencias económicas previstas tampoco son menores. Según el texto, las entidades financieras tendrían que congelar fondos, activos y recursos de quienes aparezcan en el registro. Además, quedarían restringidas sus posibilidades de contratar con entidades estatales o recibir determinados beneficios públicos. La discusión jurídica gira alrededor de las pruebas exigidas y las garantías para controvertir esas medidas.

El borrador permitiría solicitar la exclusión del registro en cualquier momento. El Consejo de Seguridad Nacional tendría un plazo de 90 días para responder y, ante una decisión negativa, existiría la posibilidad de acudir al Consejo de Estado. Para los críticos, la revisión posterior merece especial atención porque las restricciones patrimoniales podrían producir efectos antes de que se resolviera definitivamente la controversia.

El estatuto también propone modificar el conocimiento de determinadas acciones de tutela. El Consejo de Estado asumiría en primera instancia solicitudes contra la Presidencia o autoridades de Defensa relacionadas con operaciones de la Fuerza Pública. La propuesta afecta una herramienta constitucional especialmente importante para solicitar protección inmediata de derechos fundamentales.

Otro componente del proyecto contempla crear el cargo de Alto Comisionado contra el Terrorismo, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia. Su titular sería designado directamente por el presidente para un periodo de cinco años, sin posibilidad de reelección. La iniciativa también propone facultades extraordinarias durante seis meses para organizar esa oficina, aspecto que deberá examinar el Congreso.

El endurecimiento penal ocupa igualmente un espacio importante. La propuesta incluye agravantes para delitos relacionados con narcotráfico, minería ilegal, extorsión, secuestro, contrabando, delitos informáticos y ataques contra infraestructura. En determinadas circunstancias, las penas aumentarían una tercera parte. Para las asonadas contra unidades de la Fuerza Pública durante operaciones, el incremento podría llegar hasta el doble.

Precisamente las asonadas han provocado advertencias sobre posibles consecuencias para comunidades rurales. El senador Alejandro Ocampo sostuvo que ciertas disposiciones podrían afectar a campesinos obligados a alojar integrantes de grupos armados o a estudiantes involucrados en protestas.

La iniciativa también contempla un régimen penitenciario especial para cabecillas de organizaciones incluidas en el registro. Las medidas comprenden pabellones exclusivos, restricciones de visitas y comunicaciones, así como controles tecnológicos. Paralelamente, prevé beneficios para integrantes que colaboren eficazmente con las autoridades, incluida una reducción de hasta el 60 % de la pena bajo determinadas condiciones procesales.

Desde el Gobierno, Rodrigo Lara ha defendido el propósito de identificar organizaciones terroristas y atacar especialmente sus finanzas. El ministro afirmó que el sistema tendría procedimientos para incluir y excluir organizaciones. En todo caso, el debate enfrenta la necesidad de combatir estructuras violentas con la obligación estatal de proteger derechos.

El Ejecutivo también estudia un régimen más estricto para operaciones relacionadas con el oro y las casas de cambio, además de mecanismos de cooperación internacional. La propuesta se articularía con una ley de sometimiento preparada por el Ministerio de Justicia, encabezado por Iván Cancino. Ambas iniciativas tendrían objetivos distintos dentro de la política gubernamental de seguridad.

El trámite legislativo será decisivo. Una ley estatutaria necesita mayoría absoluta, aprobación dentro de una sola legislatura y revisión previa de la Corte Constitucional. Además, se ha informado que el Gobierno estudia presentar componentes mediante una ley ordinaria. Por ahora, los documentos conocidos corresponden a borradores y propuestas, no a disposiciones que ya puedan aplicarse contra los ciudadanos, sin embargo el ambiente en la opinión pública en sectores políticos y organizaciones sociales es de preocupación por la línea dictatorial de una medida como estas.

La controversia, por tanto, no se limita al nombre del estatuto ni a la severidad de las penas. Los puntos centrales son la precisión de la definición de terrorismo, la autoridad encargada de elaborar los listados, la posibilidad de imponer restricciones patrimoniales y el acceso efectivo a la justicia. Esas cuestiones determinarán el alcance real del proyecto cuando sea radicado y examinado. Los riesgos a los que se enfrenta la ciudadanía con una medida así son altos y de allí la alerta.

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