¡Lalis pone a temblar el nombramiento de Abelardo! Consejo de Estado investiga si Lina María Garrido realmente cumplía los requisitos para la dirección de la Agencia Nacional de Tierras

El nombramiento de Lina Garrido como directora de la Agencia Nacional de Tierras enfrenta un proceso judicial. El Consejo de Estado admitió la demanda presentada por la representante Lalis, quien cuestiona su experiencia profesional y el procedimiento de designación. La funcionaria permanecerá en el cargo mientras avanza el proceso.

Los 129 meses de experiencia profesional que la Agencia Nacional de Tierras le reconoció a Lina Garrido están en el centro de una controversia judicial. El Consejo de Estado admitió la demanda presentada por la representante Laura Daniela Beltrán, conocida como Lalis, para examinar si la excongresista cumple realmente los requisitos necesarios para dirigir una de las entidades más importantes de la política agraria colombiana.

La trayectoria política de Garrido deberá confrontarse con las exigencias técnicas del cargo que recibió de Abelardo de la Espriella. La demandante sostiene que haber trabajado en el Congreso y ocupado cargos de elección popular no demuestra, por sí solo, experiencia relacionada con las responsabilidades de la ANT. 

La controversia gira alrededor del Decreto 1149 del 10 de agosto de 2026, mediante el cual Garrido fue designada directora general de la Agencia Nacional de Tierras. La acción de nulidad electoral fue presentada el 14 de agosto, apenas cuatro días después del nombramiento, y admitida mediante una providencia del 10 de septiembre, divulgada ampliamente por medios nacionales el 7 de octubre.

La demanda de Lalis cuestiona dos aspectos de la designación. El primero corresponde al cumplimiento de los requisitos de experiencia profesional relacionada. El segundo se refiere a la publicación de la hoja de vida de Garrido en las páginas de la Presidencia y de la ANT durante los tres días anteriores a su nombramiento, exigencia contemplada en la normativa sobre empleo público.

El cuestionamiento sobre la experiencia resulta especialmente relevante porque la ANT no es una entidad dedicada a la actividad legislativa. Entre sus responsabilidades están la formalización de la propiedad rural, el acceso a tierras, la administración de baldíos y la ejecución de instrumentos de política agraria. Su dirección también implica responsabilidades administrativas, presupuestales y jurídicas de alcance nacional.

La trayectoria de Lina María Garrido Martín ha estado principalmente vinculada con la política. La funcionaria fue asesora de una Unidad de Trabajo Legislativo, concejal de Arauca y representante a la Cámara. También aspiró a otros cargos de elección popular. La demandante considera que esa experiencia no necesariamente corresponde a las funciones especializadas de la dirección de tierras.

Sin embargo, la ANT certificó que Garrido reúne 129 meses de experiencia profesional relacionada, equivalentes a diez años y nueve meses. Ese documento es una de las piezas centrales del expediente. El Consejo de Estado señaló que, durante la fase inicial, no contaba con información suficientemente detallada sobre las funciones que la funcionaria había desempeñado anteriormente para efectuar una comparación definitiva.

Uno de los apartados de la providencia la Sección Quinta explicó que «no se advierte algún documento que contenga las funciones u obligaciones que ejerció aquella con anterioridad a su nombramiento como directora general de la ANT». Esa ausencia documental impidió establecer preliminarmente si existía una contradicción entre su trayectoria y las exigencias del empleo.

La controversia también involucra el procedimiento utilizado por el Gobierno para designarla. Lalis sostuvo que la hoja de vida no estuvo publicada durante los tres días exigidos en los portales institucionales. Como respaldo presentó capturas de pantalla tomadas el 13 de agosto, cuando Garrido ya había sido nombrada. Sin embargo, el tribunal encontró elementos normativos que impedían concluir una irregularidad.

Abelardo de la Espriella había expedido el Decreto 1012 del 5 de agosto de 2026, vigente desde el día siguiente. Esa disposición suspendió durante 15 días calendario la exigencia de publicación previa de hojas de vida para determinados empleos de libre nombramiento y remoción. Por tanto, la excepción estaba vigente cuando se produjo la designación de Garrido.

La Sección Quinta también explicó que las capturas de pantalla aportadas no demostraban lo ocurrido durante los tres días anteriores al nombramiento, porque correspondían al 13 de agosto. Así, el cuestionamiento sobre la publicación no permitió justificar una suspensión provisional. La controversia sobre la experiencia profesional, en cambio, quedó pendiente de un examen probatorio más amplio.

El proceso judicial también tiene una dimensión política. Garrido fue una de las congresistas que respaldaron tempranamente la candidatura presidencial de Abelardo de la Espriella, incluso antes de que Cambio Radical definiera una posición partidista. Participó en el acto realizado en el Movistar Arena de Bogotá, donde el entonces candidato presentó públicamente su aspiración.

La excongresista ganó notoriedad nacional por su discurso de réplica durante la instalación del Congreso el 20 de julio de 2025. Posteriormente intentó llegar al Senado, pero no obtuvo una curul. Consiguió alrededor de 30.000 votos. Tras su participación electoral y su respaldo a Abelardo, terminó vinculada al nuevo Gobierno mediante la dirección de la ANT.

Antes de esa designación, Garrido también había sido considerada para asumir el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA. Sin embargo, ese nombramiento no se concretó. En medios se relacionó aquella decisión con los cuestionamientos sobre la correspondencia entre su perfil y las funciones de la entidad. El antecedente aumenta el interés público por conocer cómo se evaluó posteriormente su experiencia para la ANT.

La formación académica de Garrido comprende estudios profesionales en Relaciones Internacionales y Estudios Políticos en la Universidad Militar Nueva Granada. También cuenta con una especialización en Opinión Pública y Mercadeo Político de la Pontificia Universidad Javeriana y otra en Gerencia Social de la Escuela Superior de Administración Pública. La discusión judicial no desconoce esos estudios, sino que examina la experiencia exigida para el empleo.

La dimensión de la entidad ayuda a comprender la importancia del proceso. En septiembre, la propia Agencia Nacional de Tierras informó que existían aproximadamente 1,7 millones de solicitudes de acceso a tierras y solamente 11.588 predios disponibles para entrega. Garrido presentó esas cifras durante un encuentro con representantes de la Asociación Nacional de Usuarios Campesinos, ANUC.

El Consejo de Estado deberá establecer si las certificaciones laborales permiten acreditar la experiencia requerida, independientemente de las afinidades políticas de la funcionaria. Para ello, ordenó solicitar los antecedentes completos del nombramiento y las constancias correspondientes. La documentación será fundamental para determinar si las funciones desempeñadas en sus empleos anteriores guardan relación suficiente con las responsabilidades de la ANT.

La providencia también dispuso las notificaciones correspondientes a Garrido, al presidente de la República, al ministro de Agricultura, al Ministerio Público y a las demás partes procesales. El tribunal precisó que negar la suspensión provisional no significa declarar legal el nombramiento. Tampoco la admisión de la demanda demuestra que se haya cometido una irregularidad. La decisión definitiva llegará mediante sentencia.

Por ahora, Lina Garrido permanece al frente de la Agencia Nacional de Tierras y conserva las facultades propias de su cargo. La demanda presentada por Lalis seguirá su trámite ante la Sección Quinta. El expediente permitirá examinar si los 129 meses certificados corresponden efectivamente a experiencia profesional relacionada y si la designación cumplió las disposiciones legales aplicables.

El caso pone bajo escrutinio los criterios utilizados por el Gobierno de Abelardo de la Espriella para designar directivos en entidades públicas. La controversia no se resolverá con discursos políticos ni con la sola existencia de certificaciones laborales. La cuestión decisiva será demostrar documentalmente que la experiencia de Garrido satisface los requisitos exigidos para dirigir la política de tierras del país.

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