Abelardo de la Espriella consiguió que el Congreso aprobara una ley que ofrece rebajas de penas de hasta el 50 % a integrantes de organizaciones criminales. La medida, presentada como una estrategia de mano dura, también despertó cuestionamientos por favorecer la impunidad que tanto criticaba la derecha y por la facultad presidencial de clasificar estructuras terroristas y sus posibles consecuencias para las libertades ciudadanas establecidas en la Constitución.

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La controversia enfrenta dos preocupaciones de enorme alcance. Por un lado, delincuentes armados podrían obtener importantes reducciones de sus condenas. Por otra parte, congresistas de oposición y líderes políticos advierten que la amplitud de las definiciones legales podría facilitar señalamientos peligrosos contra organizaciones sociales poniendo en riesgo derechos constitucionales. Además, se advierten las posibilidades de favorecimiento a narcotraficantes con esta ley promovida por Abelardo.
La aprobación ocurrió durante la noche del 3 de noviembre, después de extensas discusiones en ambas cámaras. El Senado respaldó el proyecto con 57 votos favorables y la Cámara de Representantes lo aprobó con 95 votos a favor y 10 en contra. El texto quedó pendiente de sanción presidencial.
La Ley de Sometimiento es un proyecto de enorme importancia para el país, pero no ha sido asumido con la responsabilidad y la seriedad que merece. Desde la bancada de oposición hemos advertido, de manera reiterada, los graves vicios que contiene y los riesgos de una propuesta que, en lugar de avanzar hacia la paz con garantías, termina debilitando derechos y abriendo espacios de impunidad. Este proyecto tiene problemas de fondo: criminaliza la protesta social, desconoce los derechos de las víctimas, no garantiza su reparación y, en cambio, contempla beneficios para quienes han reclutado menores de edad. Además, no diferencia adecuadamente a los grupos armados, pese a que sus estructuras, capacidades y formas de operar son distintas y requieren tratamientos diferenciados. Tampoco establece con suficiente claridad cuáles son las conductas que permiten acceder a los beneficios previstos, incorpora flexibilizaciones inaceptables y pone sobre las víctimas presiones indebidas, sin garantizar de manera clara su participación efectiva en todas las etapas del proceso. A esto se suma un problema de responsabilidad fiscal e institucional: el proyecto crea nuevas obligaciones para la Fiscalía y distintas entidades del Estado, pero no define con claridad las fuentes de financiación que permitan cumplirlas. También debilita los mecanismos de control y transparencia que deberían acompañar una política de esta magnitud. El Pacto Histórico ha dado la pelea para frenar los aspectos más problemáticos de esta iniciativa y defender las garantías de las víctimas y de la sociedad. Sin embargo, siguen existiendo deficiencias importantes en las garantías para la oposición y un desconocimiento preocupante de las reglas de la Ley 5.ª, que deben asegurar un debate democrático, plural y transparente. Aquí estamos para debatir, para controvertir y para defender los derechos de la ciudadanía. El Congreso no puede convertirse en un escenario de imposiciones ni de pupitrazos. Una ley de esta trascendencia no puede aprobarse a costa de las víctimas, de las garantías democráticas ni de la deliberación que exige nuestra responsabilidad con el país.
— Mafe Carrascal Rojas (@MafeCarrascal) November 4, 2026
Uno de los aspectos más discutidos son los beneficios penales. La ley contempla reducciones de hasta el 50 % de la pena para integrantes de estructuras criminales y del 30 % para quienes hayan ejercido funciones de liderazgo. Estos beneficios han sido cuestionados pues podrían permitir en muchos casos la impunidad.
Las cifras provocaron cuestionamientos porque el Gobierno ha defendido públicamente una política de mayor severidad frente a la delincuencia. Aunque los jueces deberán evaluar el cumplimiento de las condiciones legales, la discusión consiste en determinar si esos incentivos son suficientes para desmantelar organizaciones criminales o si podrían terminar favoreciendo a responsables de delitos graves.
Otra controversia gira alrededor de los delitos relacionados con el reclutamiento de menores. Durante el trámite legislativo se incorporó una exclusión de beneficios para personas condenadas por esas conductas. No obstante, sectores de oposición cuestionaron que la redacción pudiera dejar vacíos respecto de responsables sin condenas previas. La interpretación definitiva dependerá del texto sancionado y de su aplicación judicial.
Sin miedo lo digo: Abelardo logró lo que Pablo Escobar no pudo, aprobar una Ley traqueta en el Congreso. 👉Rebajas de hasta el 50% de la pena a criminales y 30% a capos (un narco con 30 años de pena saldría en 10). 👉Alivio vergonzoso a testaferros y lavadores de activos (los exclientes de Abelardo) 👉Trampa procesal para favorecer a reclutadores de menores de entre 14 a 17 años. 👉Libertades exprés con una fracción de la condena cumplida. ¿La cereza del pastel? Un artículo que faculta al dictadorzuelo para etiquetar a dedo quién es “amenaza extrema” y premios para las mafias. Así nos quieran tildar de terroristas: Nos vemos en las calles.
— Wally. (@MeDicenWally) November 4, 2026
El punto más delicado para las libertades ciudadanas está en la definición de actores armados ilegales o terroristas. La propuesta incluye organizaciones de distinto tamaño y capacidad operativa que participen en economías ilícitas o realicen conductas que afecten gravemente el orden público. Los críticos consideran indispensable precisar los criterios para evitar clasificaciones discrecionales desde el poder presidencial.
La representante María Fernanda Carrascal cuestionó que el presidente pueda intervenir en la clasificación de estas organizaciones sin límites suficientemente precisos. Gabriel Becerra, también del Pacto Histórico, advirtió que la disposición podría utilizarse contra quienes ejercen el derecho a protestar. Esa interpretación constituye una alerta política pues podría representar una autorización expresa para considerar terrorista cualquier manifestación pacífica.
Becerra también cuestionó el procedimiento legislativo y anunció acciones judiciales contra la norma. El congresista denunció posibles irregularidades durante la aprobación y criticó los beneficios para testaferros del narcotráfico. La oposición sostiene que el Congreso debió examinar con mayor detenimiento los efectos de una ley que modifica el tratamiento jurídico de organizaciones armadas y criminales.
ABSOLUTA VERGÜENZA! Se acaba de aprobar la ponencia positiva del señor Briceño al proyecto de Ley de Sometimiento, que beneficia a narcos y lavadores de dinero SIN NI SIQUIERA EXPONERLA O DISCUTIRLA ⚠️ https://t.co/rs0LeqASnK
— Isabel Vera (@IsabelVeraPacto) November 3, 2026
La norma también elimina la negociación política con organizaciones armadas, una diferencia central frente al modelo de Paz Total impulsado por el expresidente Gustavo Petro. En adelante, el sometimiento judicial sería la vía prevista para esos grupos. La opinión pública ha advertido que cerrar alternativas de diálogo podría dificultar soluciones a conflictos prolongados.
La iniciativa recibió apoyo de sectores del Centro Democrático, el Partido Conservador, el Liberal, Cambio Radical, la U y Salvación Nacional. Durante el trámite también se eliminó una disposición que otorgaba facultades especiales de contratación con recursos del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
El debate no termina con la votación. Los riesgos de impunidad y favorecimiento a narcotraficantes son unas de las alertas. La aplicación de las rebajas, la protección efectiva de las víctimas y los criterios para clasificar organizaciones terroristas deberán someterse a controles institucionales. La pregunta central es si la nueva legislación conseguirá reducir la criminalidad sin debilitar las garantías constitucionales. El derecho constitucional a protestar pacíficamente debe permanecer protegido frente a cualquier interpretación abusiva.





