¡Le salió caro querer borrar a los campesinos! Jueza obliga al ministro de Agricultura a pedir disculpas públicamente por decir que “campesino” es “despectivo”

El intento de sacar al campesinado del lenguaje oficial terminó chocando contra la Constitución. Una jueza ordenó al ministro de Agricultura, Indalecio Dangond, ofrecer disculpas públicas y aclarar que campesino, campesina y campesinado no serán borrados del Estado. El funcionario tiene apenas 48 horas para cumplir la decisión judicial del despacho.

No fue una simple discusión de diccionario. El ministro de Agricultura de Abelardo De la Espriella aseguró ante el Congreso que “campesino es despectivo” y anunció que serían llamados “pequeños empresarios del campo”. Ahora una jueza le ordena disculparse públicamente. Campesino, campesina y campesinado son categorías constitucionales dignas y no pueden desaparecer del lenguaje estatal.

El golpe judicial llegó desde el Juzgado 46 Laboral del Circuito de Bogotá. La jueza Ángela Cristina Dussán Cáceres amparó los derechos a la dignidad, igualdad y reconocimiento de la identidad del representante campesino Miguel Ángel Grisales Suárez, del Pacto Histórico, y ordenó a Dangond ofrecer disculpas al país y al campesinado dentro de las 48 horas siguientes a su notificación.

La controversia estalló el 8 de septiembre, cuando Dangond compareció ante las comisiones económicas del Senado y la Cámara durante la presentación del presupuesto de Agricultura para 2027. Allí defendió abiertamente el cambio de denominación impulsado desde su cartera. “No se van a llamar campesinos, se van a llamar pequeños empresarios del campo”, afirmó el ministro antes de asegurar que buscaba elevar su “estatus”.

La frase más explosiva vino inmediatamente después. “Campesino es despectivo”, declaró Dangond ante los congresistas. La afirmación adquirió todavía mayor trascendencia porque se había revelado que dentro de la Agencia Nacional de Tierras se recibió una instrucción para utilizar “productores rurales” en lugar de campesinos. Ya no se discutía solamente una declaración improvisada, sino el lenguaje utilizado institucionalmente.

El asunto llegó rápidamente a los tribunales. Miguel Ángel Grisales, representante a la Cámara por el Quindío, integrante del Pacto Histórico y quien se reconoce como campesino, presentó la tutela el 10 de septiembre, apenas dos días después de las declaraciones. La justicia terminó respaldando una parte esencial de su reclamación y estableciendo límites frente a la sustitución general de esa identidad en el Estado.

Grisales celebró la determinación con palabras cargadas de simbolismo. “Hoy gana el campesinado colombiano, hoy gana la dignidad”, expresó el representante después de conocerse la sentencia. También aseguró que “los hijos e hijas de Colombia somos hijos del azadón”, convirtiendo la controversia semántica impulsada desde el Ministerio en una discusión mucho más profunda sobre identidad, reconocimiento y derechos constitucionales del mundo rural.

Y existe un detalle que vuelve especialmente problemática la expresión utilizada por el ministro. Desde 2023, campesinado no es solamente una palabra habitual para describir a quienes viven y trabajan en el campo. El Acto Legislativo 01 de 2023 modificó el artículo 64 de la Constitución y reconoció expresamente al campesinado como sujeto de derechos y de especial protección constitucional.

La Constitución reconoce además que el campesinado mantiene una relación particular con la tierra basada en la producción de alimentos y contempla expresamente sus dimensiones económica, social, cultural, política y ambiental. Es precisamente allí donde aparece una de las diferencias fundamentales señaladas por la decisión judicial. Reducir esa identidad a la expresión “pequeño empresario del campo” no captura todas las dimensiones reconocidas constitucionalmente.

La jueza fue explícita sobre esa diferencia. “El punto central del asunto radica en establecer si ‘campesino’ y ‘pequeño empresario del campo’ constituyen expresiones equivalentes. Para este despacho, no lo son”, señaló la sentencia, según publicó Cambio. Un campesino puede ser empresario o productor rural, pero esas actividades económicas no sustituyen automáticamente una identidad que posee reconocimiento constitucional propio.

El fallo, sin embargo, contiene una precisión importante. La justicia no prohibió a Dangond decir “pequeños empresarios del campo” ni le impidió utilizar categorías como productor agropecuario cuando sean pertinentes para las políticas públicas. Tampoco ordenó retractarse específicamente de su opinión de que “campesino es despectivo”, pues la jueza consideró ese juicio de valor protegido por la libertad de expresión.

Lo que sí ordenó el juzgado fue ofrecer disculpas públicas y rectificar aclarando que campesino, campesina y campesinado son categorías constitucionales dignas, sujetos de derechos y de especial protección, además de asegurar que no serán borradas ni sustituidas de manera general del lenguaje estatal. La rectificación deberá difundirse mediante los mismos canales institucionales utilizados para divulgar la intervención original.

La diferencia jurídica resulta crucial porque evita convertir el fallo en algo que no es. La jueza no decidió qué palabra puede utilizar personalmente el ministro ni prohibió hablar de empresarios rurales. Protegió algo distinto. El Estado no puede convertir una categoría económica en sustituto general de una identidad constitucional cuya protección incluye territorio, cultura, participación, ambiente, producción alimentaria y derechos individuales y colectivos.

La representante María Fernanda Carrascal también había cuestionado duramente el planteamiento de Dangond. Según recogió Infobae, sostuvo que eliminar esa denominación implicaba desconocer “una identidad colectiva construida durante más de un siglo” alrededor de luchas por tierra, propiedad, territorio y condiciones dignas de vida. La controversia trascendió así rápidamente la semántica y entró directamente al terreno político y constitucional.

La discusión tiene incluso implicaciones para la orientación de la política rural. En un análisis publicado por La Silla Vacía, Carlos Quesada, director de Tierras y Campesinado de Dejusticia, planteó que rebautizar a los campesinos como pequeños empresarios no constituye únicamente un juego de palabras, sino que puede reflejar una concepción del desarrollo rural más concentrada en la dimensión empresarial.

La sentencia todavía puede ser impugnada y, si queda en firme sin una segunda instancia que la modifique, eventualmente podría llegar a la Corte Constitucional para una posible selección. Pero la primera decisión judicial ya dejó una conclusión institucional contundente. El Gobierno puede hablar de productores, agricultores y empresarios rurales. Lo que no puede hacer es borrar de manera general una palabra que desde 2023 está escrita directamente en la Constitución.

Indalecio Dangond quería, según explicó, “elevar el estatus” de quienes producen los alimentos de Colombia. El fallo pone sobre la mesa una paradoja mucho más incómoda para el Ministerio de Agricultura. El campesinado no quería ni necesitaba desaparecer de los documentos oficiales para adquirir dignidad. La Constitución ya había reconocido su identidad, sus derechos y su especial protección tres años antes de que el ministro decidiera rebautizarlo.

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