Orden contundente del Tribunal Administrativo de Cundinamarca: Retirar de placas conmemorativas de Francisco Barbosa

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha ordenado a la Fiscalía General de la Nación retirar las placas conmemorativas que exaltan la gestión del exfiscal general Francisco Barbosa Delgado, en cumplimiento del Decreto 2759 de 1997.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ha emitido una directriz que obliga a la Fiscalía General de la Nación a retirar las placas conmemorativas dedicadas al exfiscal general Francisco Barbosa Delgado en diversas sedes a lo largo del país.

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Esta decisión surge tras una acción de cumplimiento presentada por ciudadanos preocupados, quienes argumentaron que estas placas violaban el marco legal vigente representado por el Decreto 2759 de 1997.

El fallo del Tribunal destaca la importancia de adherirse a las normas establecidas para preservar la integridad y la neutralidad en la ejecución de obras públicas, evitando acciones que puedan interpretarse como autopromoción o exaltación indebida de un servidor público en funciones. En este sentido, la sentencia estipula explícitamente la prohibición de erigir placas o monumentos en honor a funcionarios aún en ejercicio de sus cargos, a menos que exista una autorización específica por parte del Congreso.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca (TAC) ha emitido una orden dirigida a la Fiscalía General de la Nación, instando al retiro de las placas conmemorativas instaladas en diversas ciudades del país que exaltan la gestión del exfiscal general Francisco Barbosa Delgado.

La sentencia del TAC establece claramente: “RETIRAR las placas destinadas a recordar la gestión del señor Francisco Barbosa Delgado, como Fiscal General de la Nación, que se encuentren en las sedes, direcciones o búnker de la entidad”.

Esta medida se fundamenta en el estricto cumplimiento del Decreto 2759 de 1997, que prohíbe específicamente la colocación de placas o monumentos en honor a funcionarios en ejercicio, a menos que una ley del Congreso lo autorice. La decisión del tribunal surge tras la demanda de cumplimiento formulada por tres ciudadanos.

El fallo del tribunal determina la pertinencia de la acción de cumplimiento en este caso concreto, considerando que el mencionado decreto establece una prohibición clara y general respecto a la colocación de placas destinadas a recordar la participación de funcionarios públicos en ejercicio.

Además, se argumenta que estas acciones contravienen los principios de transparencia e imparcialidad en la ejecución de obras públicas. El Tribunal de Cundinamarca ha otorgado a la Fiscalía un plazo de 10 días para llevar a cabo el retiro de las placas conmemorativas, en cumplimiento con la orden judicial.

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